El Tribunal Supremo reconoce el derecho de los conductores de bus a descansar 15 minutos diarios (La Razón)
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El Tribunal Supremo reconoce el derecho de los conductores de bus a descansar 15 minutos diarios (La Razón)
El Tribunal Supremo reconoce el derecho de los conductores de bus a descansar 15 minutos diarios
3 Julio 09 - Ana Domingo Rakosnik
BARCELONA- El Tribunal Supremo (TS) ha dictado una sentencia por la que desestima un recurso interpuesto por Transports Metropolitants de Barcelona dando así la razón a los conductores de bus que exigían la aplicación del Estatuto de los Trabajadores. Nada tiene que ver este fallo con la negociación del convenio colectivo que enfrenta, hoy por hoy, a empresa, trabajadores y sindicatos. En esta ocasión, la controversia se llevó ante los tribunales en 2007, antes de que saltara a la calle el conflicto entre empleados y TMB. El sindicato CGT denunció entonces que la empresa negaba a los conductores el derecho al «descanso del bocadillo», es decir, los quince minutos diarios de descanso cuando la jornada laboral supera la seis horas de trabajo. El Juzgado de lo social número 18 de Barcelona les reconoció, en 2007, dicho derecho y es a esta sentencia a la que se remite el TS en su fallo. No hay posibilidad de más recursos judiciales, por lo que la empresa deberá acatar el dictamen y permitir que sus trabajadores descansen diariamente ese tiempo. TMB considera no obstante que lo dictado por el TS «no tiene ninguna consecuencia». CGT ya ha remitido un carta a la dirección instándole a que tome cartas sobre el asunto. El sindicato, a la espera de una respuesta oficial por parte de TMB y de que el lunes se retome la negociación del convenio, se debate en cómo y cuándo poner en práctica su derecho, más allá de los 25 minutos de descanso logrados.
3 Julio 09 - Ana Domingo Rakosnik
BARCELONA- El Tribunal Supremo (TS) ha dictado una sentencia por la que desestima un recurso interpuesto por Transports Metropolitants de Barcelona dando así la razón a los conductores de bus que exigían la aplicación del Estatuto de los Trabajadores. Nada tiene que ver este fallo con la negociación del convenio colectivo que enfrenta, hoy por hoy, a empresa, trabajadores y sindicatos. En esta ocasión, la controversia se llevó ante los tribunales en 2007, antes de que saltara a la calle el conflicto entre empleados y TMB. El sindicato CGT denunció entonces que la empresa negaba a los conductores el derecho al «descanso del bocadillo», es decir, los quince minutos diarios de descanso cuando la jornada laboral supera la seis horas de trabajo. El Juzgado de lo social número 18 de Barcelona les reconoció, en 2007, dicho derecho y es a esta sentencia a la que se remite el TS en su fallo. No hay posibilidad de más recursos judiciales, por lo que la empresa deberá acatar el dictamen y permitir que sus trabajadores descansen diariamente ese tiempo. TMB considera no obstante que lo dictado por el TS «no tiene ninguna consecuencia». CGT ya ha remitido un carta a la dirección instándole a que tome cartas sobre el asunto. El sindicato, a la espera de una respuesta oficial por parte de TMB y de que el lunes se retome la negociación del convenio, se debate en cómo y cuándo poner en práctica su derecho, más allá de los 25 minutos de descanso logrados.
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Fecha de inscripción : 03/07/2009
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