Los radicales de UGT (je,je,je.....)
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Los radicales de UGT (je,je,je.....)
Los radicales de UGT y la hoja que han escrito no tiene desperdicio. ¿Cómo se puede ser tan cínico? ¿Cómo pretenden engañar a la gente de esta manera tan burda? En definitiva: ¿Cómo se puede ser tan "chusma"?
Si que es cierto que el acuerdo no es el que esperábamos (por lo menos en algunos puntos), y que es posible que se quede corto y que incluso tenga bastantes puntos oscuros, que nos repercutan durante su aplicación y vigencia; puede, incluso que esté hasta de acuerdo con lo que exponen en su hoja, pero... señores sindicalistas ugeteros, (y cocoteros, que no se donde cuelgan en internet la información, ya que por lo visto el que sabía las claves de su página, ya no se encuentra entre nosotros...) ¿Cómo se puede tener tan poca vergüenza de criticar algo que vosotros mismos firmasteis en el anterior o anteriores convenios? Me refiero a la Paritaria, a los grupos 70, etc... y todo a espaldas de los trabajadores ¿Lo recordáis? Yo sí. ¿Y ahora qué? Vaís de radicalillos, montando una asamblea para afiliados y simpatizantes (esto es buenísimo, simpatizantes), ¿para qué? ya te lo digo yo, para hacer un teatro, para no poneros más en evidencia. Por que, si vuestro afiliados y simpatizantes dicen NO al preacuerdo ¿que haréis? ¿movilizaros? ¿seguir negociando? No me hagáis reir, por favor, sois unos hipócritas, que ya no engañáis a nadie. No Acudas, No Participes, No Opines (En la asamblea de UGT, SIT CCOO), no servirá para nada, excepto para perder tú maravilloso tiempo y para seguir dándoles una credibilidad, que no ya no tienen y que nunca han tenido.
[i]11/01/2010
“LA ESTRELLA DEL CONVENIO “
LA COMISIÓN PARITARIA COMPUESTA DE 6 SABIOS,
PARA ARREGLAR ESTE DESAGUISADO DE PREACUERDO
20 MESES PARA EL CONVENIO, DONDE CASI TODO QUEDA POR NEGOCIAR, ENTRE LA
DIRECCIÓN Y LOS FIRMANTES, Y ESO DICEN, LO HARÁ LA COMISIÓN PARITARIA
COMISIÓN PARITARIA. A esta comisión, se le otorgan poderes de forma que
la empresa consigue tener abierta durante toda la vigencia del convenio la
posibilidad de adecuar el sistema de descansos según sean sus
necesidades, la manera de jubilarnos, modificarnos la VPT o la manera de
tratar la contratación, la cobertura de servicios en festivos, promociones,
permisos retribuidos, disposiciones, criterios de absentismo, ahora no solo
interpreta, sino que también ejecuta.
Esto significa que en cualquier momento nos pueden modificar, cambiar o
alterar nuestras condiciones de descanso/trabajo, todo dependerá de las
necesidades de la empresa. Los trabajadores quedaremos en manos de los
firmantes y la empresa ¿Te da confianza este cheque en blanco?
Prima por objetivos Artículo 21: segundo párrafo. Cada año se
establecerán, antes del 15 de febrero, dos indicadores para cada colectivo
a mejorar en relación con el año anterior, de los cuales uno será el
absentismo y el otro se determinará por la Comisión Paritaria. El criterio de
definición, seguimiento y consecución para cada colectivo y su indicador,
se determinará igualmente por la Comisión Paritaria
ACTA FINAL.
Si no se pueden cubrir con voluntarios los servicios de sábado, domingo y
festivo
Punto1) párrafo tercero dice: En segunda instancia, y si no hay posibilidad
de cubrir las plazas necesarias, se resolverá dicha cobertura tratando el
tema de la contratación en la Comisión Paritaria, de igual modo que
cuando aparezcan otras necesidades especificas de cobertura del servicio.
¿Qué quieren decir con otras necesidades específicas?
Punto 4) Los que se acojan al grupo de descansos G72 y les pertenezca un
permiso retribuido La Comisión Paritaria valorará el tratamiento en los casos
de permisos retribuido.
Punto 7) Se creará una Comisión Paritaria de contratación y promoción que
velará por el estricto cumplimiento de la Normativa vigente.
www.ugt-tb.cat
Punto 9) La Comisión Paritaria se reunirá a la firma del convenio para definir
los periodos de cadencia de la puesta en marcha de los nuevos
calendarios de aplicación, así como los calendarios de escogidas
necesarios, y otras disposiciones que conlleva el actual convenio para todos
los colectivos. ¿Que quieren decir con otras disposiciones? Se puede escribir en mayúsculas para que se lea mejor pero deja claro lo
que pueden hacer la Paritaria y la dirección en el tema de contratación y
de cobertura de servicios en festivos, promociones, permisos retribuidos,
disposiciones, criterios de absentismo etc.etc.etc. (de todo). Conciliación de vida laboral y familiar.
Artículo 19 apartado C) Lo no recogido en este artículo relativo a criterios de
carácter socio-familiar se tratara en las comisiones de trabajo
correspondientes. Artículo 20: Apartado B) Renovación y retirada del permiso de conducir.
Se revisará y modificará la normativa existente en materia de retiradas y
renovaciones del permiso de conducir
Articulo 8 La paritaria la forman 6 miembros de la RD y 6 de la RT van a
tener MUUUUUUUUUCHA FAENA a tenor de lo que se han dejado
por negociar y lo complicado que puede ser ponerse de acuerdo.
PRIMER ASUNTO. ¿SE PUEDE FIRMAR UN CONVENIO, SIN APORTAR
LAS TABLAS SALARIALES DE 2010, O EN EL PEOR DE LOS CASOS DE 2009?
SIN TABLAS SALARIALES, NO HAY DINERO.
CONCLUSION. La paritaria la forman 6 miembros de la RD, que tienen en sus
manos la organización del trabajo y la ley a su favor, y 6 de la RT, que
estarán liberados profesionalmente y nada más.
Todo lo que se deja pendiente de esta comisión, solo tenemos que ver la
historia reciente, todo lo que no deja resuelto el Convenio Colectivo, queda
pendiente hasta la negociación del siguiente Convenio.
NO DEJES PENDIENTE, LO QUE AHORA PUEDES
RESOLVER
CONVOCAMOS A TODOS LOS AFILIADOS-AS Y SIMPATIZANTES A
UNA ASAMBLEA INFORMATIVA
Día Jueves 14 de Enero de 2010.
Hora 10 y 17 horas.
Lugar Rambla Santa Mónica, 10.
ACUDE, OPINA y PARTICIPA. ES TU FUTURO
www.ugt-tb.cat
Si que es cierto que el acuerdo no es el que esperábamos (por lo menos en algunos puntos), y que es posible que se quede corto y que incluso tenga bastantes puntos oscuros, que nos repercutan durante su aplicación y vigencia; puede, incluso que esté hasta de acuerdo con lo que exponen en su hoja, pero... señores sindicalistas ugeteros, (y cocoteros, que no se donde cuelgan en internet la información, ya que por lo visto el que sabía las claves de su página, ya no se encuentra entre nosotros...) ¿Cómo se puede tener tan poca vergüenza de criticar algo que vosotros mismos firmasteis en el anterior o anteriores convenios? Me refiero a la Paritaria, a los grupos 70, etc... y todo a espaldas de los trabajadores ¿Lo recordáis? Yo sí. ¿Y ahora qué? Vaís de radicalillos, montando una asamblea para afiliados y simpatizantes (esto es buenísimo, simpatizantes), ¿para qué? ya te lo digo yo, para hacer un teatro, para no poneros más en evidencia. Por que, si vuestro afiliados y simpatizantes dicen NO al preacuerdo ¿que haréis? ¿movilizaros? ¿seguir negociando? No me hagáis reir, por favor, sois unos hipócritas, que ya no engañáis a nadie. No Acudas, No Participes, No Opines (En la asamblea de UGT, SIT CCOO), no servirá para nada, excepto para perder tú maravilloso tiempo y para seguir dándoles una credibilidad, que no ya no tienen y que nunca han tenido.
[i]11/01/2010
“LA ESTRELLA DEL CONVENIO “
LA COMISIÓN PARITARIA COMPUESTA DE 6 SABIOS,
PARA ARREGLAR ESTE DESAGUISADO DE PREACUERDO
20 MESES PARA EL CONVENIO, DONDE CASI TODO QUEDA POR NEGOCIAR, ENTRE LA
DIRECCIÓN Y LOS FIRMANTES, Y ESO DICEN, LO HARÁ LA COMISIÓN PARITARIA
COMISIÓN PARITARIA. A esta comisión, se le otorgan poderes de forma que
la empresa consigue tener abierta durante toda la vigencia del convenio la
posibilidad de adecuar el sistema de descansos según sean sus
necesidades, la manera de jubilarnos, modificarnos la VPT o la manera de
tratar la contratación, la cobertura de servicios en festivos, promociones,
permisos retribuidos, disposiciones, criterios de absentismo, ahora no solo
interpreta, sino que también ejecuta.
Esto significa que en cualquier momento nos pueden modificar, cambiar o
alterar nuestras condiciones de descanso/trabajo, todo dependerá de las
necesidades de la empresa. Los trabajadores quedaremos en manos de los
firmantes y la empresa ¿Te da confianza este cheque en blanco?
Prima por objetivos Artículo 21: segundo párrafo. Cada año se
establecerán, antes del 15 de febrero, dos indicadores para cada colectivo
a mejorar en relación con el año anterior, de los cuales uno será el
absentismo y el otro se determinará por la Comisión Paritaria. El criterio de
definición, seguimiento y consecución para cada colectivo y su indicador,
se determinará igualmente por la Comisión Paritaria
ACTA FINAL.
Si no se pueden cubrir con voluntarios los servicios de sábado, domingo y
festivo
Punto1) párrafo tercero dice: En segunda instancia, y si no hay posibilidad
de cubrir las plazas necesarias, se resolverá dicha cobertura tratando el
tema de la contratación en la Comisión Paritaria, de igual modo que
cuando aparezcan otras necesidades especificas de cobertura del servicio.
¿Qué quieren decir con otras necesidades específicas?
Punto 4) Los que se acojan al grupo de descansos G72 y les pertenezca un
permiso retribuido La Comisión Paritaria valorará el tratamiento en los casos
de permisos retribuido.
Punto 7) Se creará una Comisión Paritaria de contratación y promoción que
velará por el estricto cumplimiento de la Normativa vigente.
www.ugt-tb.cat
Punto 9) La Comisión Paritaria se reunirá a la firma del convenio para definir
los periodos de cadencia de la puesta en marcha de los nuevos
calendarios de aplicación, así como los calendarios de escogidas
necesarios, y otras disposiciones que conlleva el actual convenio para todos
los colectivos. ¿Que quieren decir con otras disposiciones? Se puede escribir en mayúsculas para que se lea mejor pero deja claro lo
que pueden hacer la Paritaria y la dirección en el tema de contratación y
de cobertura de servicios en festivos, promociones, permisos retribuidos,
disposiciones, criterios de absentismo etc.etc.etc. (de todo). Conciliación de vida laboral y familiar.
Artículo 19 apartado C) Lo no recogido en este artículo relativo a criterios de
carácter socio-familiar se tratara en las comisiones de trabajo
correspondientes. Artículo 20: Apartado B) Renovación y retirada del permiso de conducir.
Se revisará y modificará la normativa existente en materia de retiradas y
renovaciones del permiso de conducir
Articulo 8 La paritaria la forman 6 miembros de la RD y 6 de la RT van a
tener MUUUUUUUUUCHA FAENA a tenor de lo que se han dejado
por negociar y lo complicado que puede ser ponerse de acuerdo.
PRIMER ASUNTO. ¿SE PUEDE FIRMAR UN CONVENIO, SIN APORTAR
LAS TABLAS SALARIALES DE 2010, O EN EL PEOR DE LOS CASOS DE 2009?
SIN TABLAS SALARIALES, NO HAY DINERO.
CONCLUSION. La paritaria la forman 6 miembros de la RD, que tienen en sus
manos la organización del trabajo y la ley a su favor, y 6 de la RT, que
estarán liberados profesionalmente y nada más.
Todo lo que se deja pendiente de esta comisión, solo tenemos que ver la
historia reciente, todo lo que no deja resuelto el Convenio Colectivo, queda
pendiente hasta la negociación del siguiente Convenio.
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RESOLVER
CONVOCAMOS A TODOS LOS AFILIADOS-AS Y SIMPATIZANTES A
UNA ASAMBLEA INFORMATIVA
Día Jueves 14 de Enero de 2010.
Hora 10 y 17 horas.
Lugar Rambla Santa Mónica, 10.
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